¿Qué es la pensión de viudedad?
La pensión de viudedad 2026 es una prestación contributiva de la Seguridad Social que protege económicamente al cónyuge o pareja de hecho superviviente tras el fallecimiento de su pareja. En España la perciben más de dos millones de personas, y para muchas de ellas representa el ingreso principal tras la pérdida. En 2026, tras la revalorización del 2,7%, la pensión media de viudedad se sitúa en 962,50 euros al mes, frente a los 937,20 euros de 2025.
¿Quién tiene derecho?
- Cónyuge superviviente de un matrimonio legalmente constituido.
- Pareja de hecho registrada oficialmente, con requisitos adicionales.
- Excónyuge divorciado perceptor de pensión compensatoria que se extinga por el fallecimiento.
Requisitos en 2026
Si el fallecido era trabajador en activo
- Haber cotizado al menos 500 días en los últimos 5 años.
- En accidente laboral o enfermedad profesional no se exige periodo mínimo.
Si el fallecido era pensionista
- No se exige periodo mínimo adicional. El derecho nace directamente.
Parejas de hecho
- Inscripción en registro al menos dos años antes del fallecimiento.
- Convivencia de al menos cinco años anteriores al fallecimiento.
- Ingresos que no superen el 50% de la suma de ambos (o 25% sin hijos comunes).
¿Cuánto se cobra? Cuantías en 2026
52% — Porcentaje general
Se aplica en la mayoría de casos. Con salario medio de cotización, la pensión ronda los 700-800 euros al mes.
60% — Mayores de 65 años sin otras pensiones
Para mayores de 65 años sin pensión pública ni rentas superiores a 7.569 euros anuales.
70% — Con cargas familiares y bajos ingresos
Cuando la pensión es la principal fuente de ingresos y el pensionista tiene cargas familiares.
Cuantías mínimas garantizadas en 2026
- Menores de 60 años: 9.931,60 euros anuales.
- Complemento a mínimos: se mantiene si los ingresos ajenos no superan 9.442 euros anuales.
- Tope máximo: 3.359,60 euros mensuales.
Complemento por maternidad: la ayuda que pocas viudas conocen
Las beneficiarias con dos o más hijos tienen derecho a un complemento adicional:
- 2 hijos: +5%
- 3 hijos: +10%
- 4 o más hijos: +15%
Si ya eres beneficiaria y no lo pediste, puedes reclamarlo ahora.
¿Se pierde al volver a casarse?
Con carácter general sí, aunque la normativa prevé excepciones en casos de dependencia o bajos ingresos. Consulta con el INSS antes de tomar ninguna decisión.
Prestación temporal de viudedad
Si no cumples algún requisito pero sí el resto, puedes acceder a una prestación temporal de dos años con la misma cuantía que la pensión ordinaria.
Cómo solicitarla paso a paso
Documentación necesaria
- DNI o NIE del solicitante.
- Certificado de defunción del causante.
- Libro de familia o certificado de matrimonio.
- En parejas de hecho: certificado de inscripción y documentación de convivencia.
- Número de cuenta bancaria.
Cómo presentar la solicitud
- Online: Sede Electrónica de la Seguridad Social con Cl@ve o certificado digital.
- Presencialmente: en cualquier oficina CAISS con cita previa.
- Por correo: enviando el formulario a la Dirección Provincial del INSS.
Plazos y cobro
El INSS tiene 90 días hábiles para resolver. El cobro llega el día 1 del mes siguiente. La retroactividad máxima es de tres meses antes de la solicitud.
Preguntas frecuentes
¿Puede un hombre cobrar la pensión de viudedad?
Sí, no hay distinción de género.
¿Es compatible con trabajar?
Sí. Vigila el límite de 9.442 euros anuales si percibes el complemento a mínimos.
¿Es compatible con la pensión de jubilación?
Sí, pero el total no puede superar los 3.359,60 euros mensuales.
Conclusión
La pensión de viudedad en 2026 protege a más de dos millones de personas en España. Con la subida del 2,7%, la pensión media es de 962,50 euros al mes. No demores la solicitud: solo se reconocen retroactivos de hasta tres meses antes de pedirla.